Cuando
determinadas circunstancias ajenas constituyen para unos causas de
doblegamiento, para otros no son más que causas eficientes motorizadoras de
superación y de salvación de obstáculos. Los últimos son personas dotadas de
una recia personalidad y de una voluntad férrea que se convierten en referentes
obligados para los demás.
No
recuerdo con certeza cuando fue mi alumno, pero puedo asegurar que lo fue en la
década del 80 en la Escuela de Derecho de la Universidad Nacional Pedro
Henríquez Ureña (UNPHU). Desde el principio manifestó una pasión por sus
estudios y su aprovechamiento no solamente se ponía de manifiesto en las
evaluaciones regulares, sino también en su participación activa en la clase.
Fue un buen alumno. Ya con el diploma de Licenciado en Derecho pasó algunos
años dedicados en la entonces Secretaría de Estado de Finanzas donde descolló
por su capacidad de trabajo, por su dedicación y sobre todas las cosas por el
dominio que ya tenía del tema tributario. Esa experiencia, unida a sus estudios
en el país y en el extranjero lo catapultó
como uno de los más calificados técnicos dominicanos en materia tributaria. Me
refiero a Edgar Barnichta Geara.
Barnichta
Geara es un autor prolífico que nos ha brindado la oportunidad de abrevar en
sus obras, entre las cuales debemos
destacar Derecho Tributario Administrativo, Estudio del Código Tributario, Mora
y Evasión Tributaria, Jurisprudencia Tributaria Dominicana, tomos I y II,
Código Tributario, Impuestos y Exenciones, en diferentes ediciones, entre
otras. Ahora presenta a la comunidad jurídica su obra “Jurisprudencia
Constitucional Dominicana”, editada en el mes de marzo del presente 2014.
En
esta época de nuestra historia donde se encuentra de moda la materia
constitucional, una obra sobre esta, y más concretamente sobre jurisprudencia
constitucional, constituye un atractivo agregado por la capacidad de exposición
del autor, pues la jurisprudencia desde siempre ha constituido no solamente una
importante fuente de derecho sino que lo mantiene vivo, actualizado y en
consonancia con los tiempos que corresponden al momento cuando el juez tiene
que decidir un asunto sometido a su consideración.
En
su Presentación el autor nos dice: “Como garantía del cumplimiento de la
Constitución están los tribunales; organismos descentralizados y autónomos del
gobierno encargados de conocer sobre posibles violaciones a la Constitución y
las leyes y de hacer respetar las normas jurídicas vigentes, aún por encima del
propio gobierno. Son pues, los tribunales, quienes exigiendo una verdadera
tutela judicial y el cumplimiento del debido proceso, constituyen los órganos
que tienen la última palabra respecto a la constitucionalidad”.
Sobre
la importancia de la obra el licenciado Barnichta Geara nos dice en otra parte
de la Presentación lo siguiente: “Debido a la importancia de conocer sobre la
constitucionalidad y las opiniones y decisiones de los tribunales en esta
materia, esta obra recoge un breve análisis de la constitucionalidad en nuestro
país, así como un índice alfabético de todas las sentencias emitidas por el
Tribunal Constitucional durante el año 2012 y las sentencias que en materia de
acción directa en inconstitucionalidad fueron dictadas por la Suprema Corte de
Justicia durante el tiempo en que dicho tribunal conocía de esa acción. Finalmente
se transcribe de manera íntegra la Ley No. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, las disposiciones del
Código Procesal Penal que se refieren al Habeas Corpus y la Ley sobre Habeas
Data No. 172-13, Orgánica sobre Protección de Datos de Carácter Personal”.
“Jurisprudencia
Constitucional Dominicana” está dividida en cuatro partes. La primera se
refiere a la Introducción a la Constitucionalidad; la segunda, Jurisprudencia
del Tribunal Constitucional; la tercera parte la dedica a la Jurisprudencia de
la Suprema Corte de Justicia en Acción en Inconstitucionalidad, y la cuarta
contiene Disposiciones Legislativas, entre las que se encuentran la Ley núm.
137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales;
Habeas Corpus. Código Procesal Penal; Habeas Data. Ley núm. 172-13, Orgánica
sobre Protección de Datos de Carácter Personal.
El
índice alfabético donde aparecen en forma de fichas referenciales las
sentencias tanto del Tribunal Constitucional como las de la Suprema Corte de
Justicia, así como su contenido, reflejan el trabajo enorme de observación y
lectura realizado por el autor, pues para su elaboración ha tenido que leer y
estudiar todas esas decisiones y colocarlas en el lugar correspondiente. Este
índice es de una gran ayuda para la búsqueda del asunto que le interese al
lector.
La
jurisprudencia referida en “Jurisprudencia Constitucional Dominicana” contiene
en su cuarta parte importantes disposiciones legislativas relacionadas
directamente con los aspectos constitucionales, como la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales; las disposiciones del
Código Procesal Penal relativas a los artículos del 381 al 392, relativas al
Habeas Corpus; así como la Ley núm. 172-13, Orgánica sobre Protección de Datos
de Carácter Personal.
No
hay duda de que en nuestro país el tema de la constitucionalidad a partir de la
introducción de la acción directa en inconstitucionalidad en la Constitución de
1994 encendió la chispa del interés por la materia, sin menoscabo de la labor desde
siempre de todos los tribunales judiciales mediante el control difuso de la
constitucionalidad. Sin embargo, ha sido con la Constitución de 2010 cuando el
asunto ha alcanzado mayor relevancia y donde la protección de los derechos
fundamentales ha sido verdaderamente un caldo de cultivo para la motorización
de las acciones en inconstitucionalidad.
La obra a que nos referimos se une a otras relativas a la producción de nuestros tribunales constituyendo la jurisprudencia dominicana, como reflejo de la labor de nuestros tribunales. La misma debe estar presente como obra de consulta en todos los estudios profesionales de lso abogados y estudiantes y de todos los interesados en los asuntos constitucionales. Debemos felicitar al licenciado Edgar Barnitcha Geara por tan importante aportante.