(Breve historia de una larga penuria)
El
problema del congestionamiento de expedientes y la dilación de los
procedimientos en los tribunales penales, y de manera especial en los juzgados
de paz ordinarios a consecuencia de la cantidad de accidentes de tránsito y de
las contravenciones establecidas en la ley núm. 241 de 1967, sobre Tránsito de
Vehículos, ha conducido a la autoridad dominicana a buscar soluciones a esa
situación. Hubo una época, hace muchos años, que se ensayó que los tribunales
penales del Distrito Nacional celebraran audiencias de noche para acelerar esos
procesos, pero el problema seguía agravándose cada vez más al paso en que el
país iba incrementando su parque vehicular y su consecuencia necesaria la
violación a la ley de tránsito.
En la
práctica se presentaba una situación bastante enojosa para el conductor de un
vehículo de motor cuando era detenido por un agente de la Policía Nacional bajo
el alegato de que había violado la ley referida ley 241, pues infracciones con tan
poca trascendencia como era no tener la revista o la licencia al día, o no
tener triángulos reflexivos, botiquín o una linterna en el vehículo conducido
conllevaba la detención del conductor y su conducción a un destacamento
policial, salvo, caso muy frecuente, en que hubiese un “acuerdo con el agente
policial”. Si el conductor era apresado un viernes en la tarde o en la noche
permanecía detenido hasta el lunes cuando era conducido al juzgado de paz, si se
trataba de las infracciones mencionadas más arriba. Como una posible solución
se aprobó la ley núm. 585, del 5 de abril
de 1977.
El fin
perseguido era realmente descargar a los juzgados de paz ordinarios, que en
nuestro ordenamiento procesal tenían, y siguen teniendo, una fuerte carga
competencial. Pero además, no se consideraba justo que una persona por haber
sido sorprendido conduciendo su vehículo con la revista vencida permaneciera
detenida hasta tanto pagara la multa o fuese juzgado por el juzgado de paz
ordinario.
Con el
propósito de que los juzgados de paz especiales de tránsito cumplieran su
objetivo se organizó un sistema para que esos tribunales permanecieran abiertos
en sus labores las veinticuatro horas al día, todos los días, incluyendo las
vacaciones judiciales durante el período navideño y de Semana Santa, que
estuvieron vigentes en nuestro país hasta la promulgación en el año 1998 de la
Ley de Carrera Judicial. Para cumplir con ese cometido se dispuso que un
personal laborara en tres turnos todos los días, aunque con los años esa
práctica despareció y los jueces y demás miembros establecieron otro sistema de
trabajo, que no era el perseguido por la ley. En algunos lugares, como en el
Distrito Nacional, esos juzgados de paz, se denominaban Grupo I, Grupo II y
Grupo III, y todos funcionaban en el mismo local, pero con personal diferente.
Que
recordemos esos tribunales se inauguraron en el Distrito Nacional, ubicándose, creo
que en la calle Caonabo o Lea de Castro, Gazue, pasando luego a la calle José
Gabriel García, esquina Las Carreras, Ciudad Nueva, de donde pasaron al séptimo
piso del edificio conocido como El Huacalito, que hoy es la sede central de la
Cámara de Cuentas de la República Dominicana.
En el
Huacalito compartieron espacios con otras instituciones públicas como
Pasaportes, Cédula y otras. Si en los dos primeros lugares funcionaban
precariamente, en el último la situación era deprimente, pues la falta de
espacio, la incomodidad, el calor, la inseguridad, el hacinamiento, pero sobre
todas las cosas, el ascensor para llegar al séptimo piso normalmente no
funcionaba y cuando lo hacía el ascensorista advertía a los usuarios que hacía
mucho que no se le daba mantenimiento y que recomendaba que subieran por las
escaleras.
A la llegada de
la Suprema Corte de Justicia
designada el 3 de agosto de 1997 la situación de Juzgado de Paz Especial de
Tránsito del Distrito Nacional, se encontraba vigente la Ley núm. 585, del 5 de
abril de 1977, que en cuanto al Distrito Nacional disponía que en adición a los
juzgados de paz existentes en el Distrito Nacional, se creaba uno que se denominaría
juzgado de Paz Especial de Tránsito, con competencia para conocer
exclusivamente de las violaciones a la Ley núm. 241, sobre Tránsito de
Vehículos, de fecha 28 de diciembre de 1967, salvo lo dispuesto en los
artículos 51 y 220 de la misma, así como de las ordenanzas y resoluciones
dictadas en materia de tránsito por el Ayuntamiento del Distrito Nacional y que
hasta esa fecha eran de la competencia de los Juzgados de Paz Ordinarios.
En razón de que dicha
ley establecía que los Juzgados de Paz Especiales de Tránsito laborarían de
manera ininterrumpida de lunes a domingo, inclusive durante las 24 horas
diarias, en el Distrito Nacional se habilitaron tres turnos diarios, para darle
cumplimiento a lo dispuesto por dicha ley, pues solamente existía un solo
local, que como hemos dicho anteriormente, se encontraba ubicado en el séptimo
piso del edificio que popularmente se denominaba El Huacalito, como hemos dicho
y que hoy es la sede central de la Cámara de Cuentas de la República
Dominicana. El asunto era bastante complicado, pues al haber un solo local se
compartía el mismo para los tres turnos, con el mismo mobiliario, oficinas,
etc. pero los expedientes se archivaban según el turno correspondiente, debiendo
el Secretario de cada turno custodiar los expedientes a su cargo.
Con la
designación en agosto de 1997 de la Suprema Corte de Justicia surgió la idea de
trasladar de El Huacalito esos tribunales especializados en tránsito, pero el
Poder Judicial de entonces no disponía de recursos económicos para cumplir con
ese propósito, ni tampoco el gobierno central había manifestado mayor interés
en el asunto.
Pero,
una mañana recibimos una visita del Ing. Hamlet Hermann, primer director de la
Administración Metropolitana de Transporte (AMET), quien nos ofrecía una parte
del primer piso del edificio que ocupaba en el Expreso V Centenario. El
propósito del Ing. Hermann era que conjuntamente con el Poder Judicial se estableciera
una efectiva estructura y plataforma informática que permitiera no solamente un
mayor y mejor control del tránsito, sino también mecanismo de control en cuanto
a las sanciones y una base de datos a tales fines. La oferta fue evaluada por
el Pleno de la Suprema Corte de Justicia y se aceptó, pues ella incluía el suministro permanente de
energía eléctrica proveída por ellos, pues disponían de planta de emergencia, y
que compartiríamos los gastos de combustibles, y a pesar de que no disponíamos
de recursos económicos no nos amilanamos y comenzamos a realizar los estudios
de lugar. Tiempo después dotamos dicho espacio de varias salas de audiencias y
facilidades para que los tres grupos en que estaba dividido el tribunal
funcionaran sin mayores inconvenientes. Se destinó un espacio físico para
alojar un servidor para el centro de cómputo, pues la idea era interconectar el
centro de cómputo de AMET con el del Poder Judicial.
Luego de
realizadas las adaptaciones de lugar y dotando todo el local de un sistema de
climatización, modernas computadoras y
personal reentrenado, el Juzgado de Paz Especial de Tránsito del Distrito
Nacional fue inaugurado en el año 1998, permaneciendo en la actualidad en ese
mismo lugar.
Es de
justicia reconocer que la idea de trasladar dicho tribunal de su local de El
Huacalito al local que ocupa fue del Ing. Hamlet Hermman.
En el
año 1999, en razón de que mediante la la ley 114-99 de fecha 10 de
noviembre del 1999, se le atribuyó competencia exclusiva al Tribunal de
Tránsito del Distrito Nacional para conocer de las violaciones a Ley No. 241 de
1967 sobre Tránsito de Vehículos, ocurrida en el Distrito Nacional,
despojándose de esa facultad a las diez Salas de la Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Nacional, y a los ocho juzgados de paz
existentes, se incrementó considerablemente la carga de ese tribunal en el
Distrito Nacional.
La ley
114-99 nos forzó a ampliar las instalaciones del juzgado de paz especial de
tránsito del Distrito Nacional, y así ocupar toda la primera planta, lo cual no
fue posible en la primera ocasión debido a que una parte importante se
encontraba ocupado por una oficina del gobierno central, creemos que el Plan
Social de la Presidencia, y luego de esta oficina ser trasladada hicimos las
gestiones de lugar y por disposición del presidente Fernández nos fue entregado todo ese espacio,
el cual permaneció desocupado, aunque en nuestro poder hasta que termináramos
los planos y estudios y obtuviésemos los recursos económicos para su
adaptación.
Ese
último espacio que nos fue concedido en el gobierno del presidente Fernández
fue inconsultamente ocupado precariamente durante los primeros días del
gobierno del presidente Hipólito Mejía, pues un funcionario cuyo nombre no
recuerdo, decidió inconsultamente hacerlo con el alegato de que estaba
desocupado, no obstante tener un letrero que decía pertenece al Poder Judicial.
Inmediatamente llamamos por teléfono al Lic. Sergio Grullón, Secretario de
Estado de la Presidencia, quien desautorizó
dicha ocupación y nos permitió readquirir ese espacio, lo que permitió que toda
la planta baja del conocido edificio de AMET
se encuentre ocupado por dicho tribunal. Terminados los trabajos de
remodelación, adaptación y
reordenamiento del espacio físico instalamos dos salas de audiencias
adicionales y habilitamos un área para detención correspondiente a Policía de la Autoridad Metropolitana
de Transporte (AMET) para un mejor funcionamiento. El acto de inauguración se
de las nuevas instalaciones fue realizado el 31 de agosto de 2001.
La última
gran transformación institucional de que
fue objeto el juzgado de paz especial de tránsito del Distrito Nacional fue a
consecuencia de la promulgación del Código Procesal Penal, mediante la ley núm. 76-02, cuya fecha de vigencia era
el 27 de septiembre de 2004, dado el cambio que ameritaba introducir en ese
tribunal a consecuencia de esa nueva normativa. ¡Esa es otra historia que algún
día habrá que contar!
Debemos confesar que al estar en el mismo edificio que
ocupa la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET) al principio había una
gran confusión entre la ciudadanía e incluso algunos medios de comunicación
entendían que esos tribunales eran de la AMET. Pero la generosa oferta del Ing.
Hermann en ese momento no podía ser rechazada.
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